Descripción:
: Los controles a los que deben ser sometidas las condiciones generales de la contratación han respondido desde siempre a la manera especial que supone este tipo de contratación y por tanto a la necesidad de que estas condiciones generales traspasen unos controles especiales innecesarios, o no tan necesarios, cuando el contrato se celebra sin condiciones generales. Frente al estudio del denominado control de contenido al que ha venido dándose respuesta ha adquirido mayor relevancia en los últimos años el denominado control de transparencia incardinado o no dentro del también llamado control de inclusión.
Contribuciones:
Autor:
  • Ana Cañizares Laso
Derechos de autor:
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